Mediante un punto de prensa desde La Moneda, la ministra vocera de Gobierno, Camila Vallejo, se refirió este martes a la denuncia contra el Presidente Gabriel Boric por acoso sexual y por una presunta difusión de imágenes privadas.
Bajo ese contexto, la secretaria de Estado entregó una cronología de los hechos que se le acusan al mandatario y cómo se enteraron en el Gobierno.
La cronología de la denuncia contra el Presidente Boric
Según explicó, la querella fue ingresada el 6 de septiembre ante la Fiscalía Regional de Magallanes, pero no es hasta el 9 del mismo mes que el equipo de Presidencia detectó una denuncia "inespecífica", a través de un monitoreo rutinario.
El 12 de septiembre "se solicita a la Fiscalía adjunta el contenido de la denuncia, porque hasta ese entonces no se sabía el carácter", y luego, el 17 del mismo mes a la Fiscalía Regional de Magallanes, ya que “se notifica que está cargo” de la misma.
Recién el 24 de septiembre la Fiscalía proporcionó el contenido y la naturaleza de la denuncia, lo que permitió al equipo jurídico actuar con precisión, detalló Vallejo.
"El Presidente fue informado el 26 de septiembre por su jefe de gabinete, y el 14 de octubre el caso fue comunicado al Comité Político. A partir de entonces, se tomaron las medidas necesarias para garantizar el avance de la investigación", detalló la titular de la Secretaría General de Gobierno (Segegob).
El 20 de octubre, la fiscalía regional y el fiscal a cargo de la causa le concede una audiencia a la defensa de Boric, la cual se lleva a cabo el 22 del mismo mes, donde se "entregan copias de todos los correos electrónicos y los antecedentes respectivos para facilitar la investigación y el esclarecimiento de los hechos".
Mientras que el 25 de octubre, "a solicitud de la propia Fiscalía, también se entregan (los antecedentes) vía correo electrónico, en formato electrónico".
Si eres víctima o testigo de violencia hacia la mujer el fono de orientación dispuesto por el Servicio Nacional de la Mujer y la Equidad de Género (SernamEG) es el 1455.
Este artículo informa un proceso judicial en curso, por lo que los involucrados no deben ser considerados culpables hasta que la justicia lo determine.