Estas son las nuevas condiciones para cobrar el Seguro de Cesantía
Desde que terminó el Estado de Excepción en nuestro país, después de casi 18 meses, varios aportes y beneficios entregados en ese periodo se han eliminado o han cambiado de condiciones. Como fue el caso de los afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) que hasta el 6 de octubre pudieron retirar la totalidad de sus saldos ahorrados en cuentas individuales.
Es así que desde el jueves 7 de octubre los afiliado solo podrán acceder al Seguro de Cesantía con cargo a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) o al Fondo de Cesantía Solidario (FCS), cuyas condiciones cambiaron dado que volvió a regir la normativa original contemplada en la Ley 19.728.
De este modo, se establecieron los siguientes requisitos para cobrar el Seguro de Cesantía:
Desde la Cuenta Individual de Cesantía (CIC):
- Estar cesante, es decir, haber terminado su última relación laboral por cualquiera de las causales contempladas en el Código del Trabajo.
- Contar con un mínimo de cotizaciones pagadas. Al menos 12 cotizaciones mensuales para los contratos indefinidos, y mínimo 6 cotizaciones mensuales en el caso de contratos a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado.
- Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del Seguro. Estas pueden ser continuas o discontinuas y de uno o más empleadores. Además, deben ser anteriores al mes de término de la relación laboral.
Recuerda que el cobro desde la Cuenta Individual de Cesantía es a todo evento, independiente de la causal de cese de la relación laboral.
Desde el Fondo de Cesantía Solidario (FCS)
- Estar cesante y cumplir con alguna de las causales de despido contempladas en el Código del Trabajo.
- Contar con al menos 12 cotizaciones pagadas: Las cotizaciones se cuentan desde la afiliación o desde el último cobro del seguro. Deben haberse acreditado dentro de los 24 meses anteriores al despido y las 3 últimas deben ser continuas y del mismo empleador.
- Registrar un saldo insuficiente en su Cuenta Individual de Cesantía.
- Inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo: Desde el día siguiente a la solicitud del Seguro, se cuenta con 96 horas para inscribirse y completar su perfil en www.bne.cl.
La opción del cobro del seguro desde el Fondo de Cesantía Solidario solo es posible si el afiliado agotó los fondos de la Cuenta Individual.
¿Cómo puedo cobrar el Seguro de Cesantía?
Puedes realizar el trámite a través de la Sucursal Virtual o los locales presenciales. Para el trámite online debes acceder al sitio web www.afc.cl e ingresar tu RUT y clave de acceso personal, o con el RUT y la Clave Única.
En el caso de los trabajadores extranjeros que aún no cuentan con cédula de identidad, pueden ingresar a la plataforma con su Número Identificatorio para Cotizar (NIC).
Una vez ingresados al sistema, éste mostrará el saldo disponible e informará si es que cumples con los requisitos para el cobro del Seguro de Cesantía.
Luego, mediante un correo electrónico que haya sido registrado en el formulario, se informará la aceptación o el rechazo de la solicitud. El mismo medio se utilizará para dar a conocer los montos de los giros y el calendario de pago.
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