Bonos y otros aportes para jubilados: Revisa todos los que puedes recibir
Los adultos mayores cuentan con una amplia cantidad de beneficios destinados solo para ellos, sobre todo con focalización en aquellos que son pensionados, viven en sectores vulnerables o que han alcanzado la edad de 65 años.
Muchos de estos beneficios económicos del Estado se pueden cobrar en cualquier momento del año, pero otros están limitados a ciertos periodos, como por ejemplo, el Aguinaldo de Navidad.
Aguinaldo de Navidad: Durante el mes de diciembre, los pensionados recibirán un aguinaldo de Navidad entregado por el IPS, el cual será de $23.704, y aumentará en $13.392 por cada persona que el jubilado tenga acreditada como carga familiar.
Debido a que el aguinaldo se incluye en la pensión, los jubilados no deben hacer ningún trámite adicional para recibir esta ayuda.
Pensión Básica Solidaria de Vejez (PBSV): Se entrega a aquellas personas que por diversas razones no tienen derecho a recibir una pensión tanto como titular o como beneficiario de pensión de sobrevivencia. Se entregan $158.339 para quienes tienen entre 65 y 74 años; y $169.649, para las personas de 75 o más años.
Aporte Previsional Solidario de Vejez (APSV): Es un beneficio económico mensual cuyo objetivo es apoyar a las personas de menores ingresos, que reciben pensiones de vejez de bajo monto e inferiores a la Pensión Máxima con Aporte Solidario, que pertenezcan al 60% más vulnerable y cumplan los demás requisitos que establece la ley.
Bono IFE Universal: El Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) Universal llega a su fin, y será el mes de noviembre la última oportunidad para postular a este beneficio. Para precisar, entre el sábado 6 y hasta el martes 16 de noviembre estará abierto el proceso de solicitud en el sitio web www.ingresodeemergencia.cl.
Los montos que se entregarán durante noviembre, dependerán del número de integrantes de cada familia, por lo que los montos parten en los $177 mil para familias con un integrantes, y llega a las $887 mil para las familias de diez o más integrantes.
Bono de Reconocimiento: El Estado entrega a todos los trabajadores que se cambiaron del antiguo sistema de pensiones al sistema de Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), un Bono de Reconocimiento. Un aporte al que tienen derecho quienes imponen en cualquiera de las ex cajas de previsión del régimen previsional antiguo (de reparto) que cumplan con algunos requisitos.
Cabe destacar, que este aporte se ingresa a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario para, de esta forma, sumar ese monto a los ahorros acumulados cuando se pensione por vejez o invalidez, o cuando fallezca.
Bono por Hijo: Es uno de los aportes económicos estatales destinado a las madres con hijos a su cuidado, sin embargo, este se comienza a entregar a partir de los 65 años y una vez la mujer esté pensionada. Esta ayuda económica entregará un monto dependiendo de la cantidad de hijas o hijos que tenga la potencial beneficiaria.
Bono Bodas de Oro: Es entregado por el Gobierno para los matrimonios que llevan más de 50 años casados, siendo esa la primera condición para acceder a este aporte monetario que entrega $337.847.
este beneficio se entrega por una sola vez y se reparte mitad-mitad, es decir $168.924 por cabeza. No solo eso, sino que este debe ser solicitado por ambos interesados, siempre y cuando ambos sigan vivos.
Pensión de sobrevivencia del sistema de pensiones (AFP): Se trata de una ayuda monetaria para beneficiarios de imponentes y pensionados que fallecieron y estaban afiliados al sistema de AFP. Específicamente, está destinado al cónyuge, conviviente civil, hijo soltero o padres del afiliado titular fallecido.
Pensión de excajas de previsión para madres de hijos de filiación no matrimonial: Las mujeres que sean madres de hijos fuera del matrimonio con un pensionado fallecido de las antiguas cajas de previsión pueden obtener un aporte mensual. Cabe destacar que el pensionado los debe reconocer en vida (al menos tres años antes de su deceso).
Pensión de Vejez del Sistema de Pensiones (AFP): Las mujeres de 60 años y hombres de 65 años entran en su etapa de jubilación, momento en que comienzan a recibir mensualmente parte de lo ahorrado en su vida laboral y que dependerá de su sueldo, así como de la existencia de lagunas en sus imposiciones.
Asimismo, está la posibilidad de jubilar anticipadamente, pero para lograrlo se debe obtener una financiación de una pensión igual o superior al 70% del promedio de las remuneraciones imponibles percibidas y las rentas declaradas.
Pensión de Invalidez del Sistema de Pensiones (AFP): En caso de que un trabajador se encuentre incapacitado para seguir realizando sus funciones, ya sea por alguna condición física o mental, puede solicitar este beneficio.
Para ello es necesario tener menos de 65 años de edad, que la invalidez no haya sido causada por accidente de trabajo o enfermedad profesional y no tener pensión de vejez.
Aporte Previsional Solidario de Invalidez (APSI): Se trata de un aporte complementario para las y los beneficiarios de la Pensión de Invalidez. Para recibir este dinero se debe cumplir con las siguientes condiciones:
-Tener entre 18 y 65 años de edad.
-Recibir una pensión mensual o pensión base inferior a $160.013.
-Ser declarado inválido por comisiones médicas o recibir una pensión de invalidez.
-No imponer en Dipreca o Capredena ni recibir pensiones de sobrevivencia.
-Acreditar cinco años continuos o discontinuos de residencia en Chile en los últimos seis años.
-Pertener al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH).
Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI): Consta de un monto de $160.013 para quienes tengan entre 18 y 65 años y que con algún tipo de invalidez no reciban una pensión correspondiente a algún régimen previsional.
Para ello deben estar en el 60% más vulnerable de acuerdo al Registro Social de Hogares, así como comprobar su residencia en el país durante cinco años continuos o seis discontinuos.
Pensión de Vejez anticipada por realizar trabajos pesados: Se trata de un beneficio monetario mensual que es permanente y de por vida. Si bien entre los requisitos está tener menos de 60 años en mujeres y 65 años en hombres, existe la posibilidad de acceder al monto entre 1 y 10 años antes de la edad mencionada. También se incluyen las actividades que aceleran el desgaste físico, intelectual o psíquico, provocando envejicimiento precoz.
Según el IPS, se consideran trabajos pesados los que:
-Producen desgaste orgánico excepcional, por requerir un esfuerzo físico excesivo.
-Se realizan habitualmente a temperaturas excesivamente altas o bajas.
-Se realizan habitual e íntegramente de noche.
-Se realizan en forma subterránea o submarina.
-Se desarrollan en alturas superiores a los 4.000 metros sobre el nivel del mar.
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