Bono por Hijo: Entérate de cómo solicitar este beneficio para madres
El Bono por Hijo es una ayuda económica otorgada por el Estado que tiene como fin aumentar las pensiones de las mujeres. Esta se entrega de manera exclusiva a las personas de 65 años o más que son madres o que tienen hijos a su cuidado.
Respecto al aporte, este se otorga por cada hijo nacido vivo o adoptado, pero no se paga al momento del nacimiento del menor, sino que junto a la pensión de la madre. En caso de los hijos adoptivos, el aporte lo recibe la madre biológica y la adoptiva.
El monto del bono es fijo y genera rentas a partir del nacimiento del niño o niña. Equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.
- Si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, se aplicará el ingreso mínimo vigente en julio de ese año (equivalente a $165 mil).
- En cambio, si el hijo nació después del 1 de julio de 2009, el ingreso mínimo corresponderá al monto que estaba vigente durante el mes en que nació el hijo.
¿Cómo puedo solicitar el Bono por Hijo?
Puedes hacer el trámite de manera online desde el sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS). Para ello, debes ingresar a este enlace, hacer clic en "Pilar Solidario y Bono por Hijo", seleccionar "Bono por Hijo" y luego presionar "ingresar solicitud de Bono por Hijo". El sitio te informará si reúnes con las condiciones y de este modo habrás postulado al beneficio.
También, puedes solicitar el beneficio a modo presencial en la AFP a la que la mujer esté afiliada o en una oficina de Chile Atiende con su cédula de identidad. Si el trámite lo realiza un apoderado, este deberá llevar un poder notarial.
En el caso de las mujeres afiliadas a una AFP, recibirán el pago del bono junto a la pensión hasta que se agote la totalidad del monto.
¿Cuáles son los requisitos?
- Tener 65 años de edad cumplidos o más.
- Tener residencia en el territorio chileno durante 20 años a contar de los 20 años de edad. Además, haber vivido en Chile al menos 4 años de los últimos 5 años anteriores a la solicitud.
- Estar afiliada a una AFP.
- No tener pensión antes del 1 de julio de 2009.
Recuerda que las mujeres que tienen derecho al bono son:
- Aquellas afiliadas a una AFP.
- Las beneficiarias de una Pensión Básica Solidaria.
- Las mujeres que, sin estar afiliada a un régimen previsional, perciben una pensión de sobrevivencia y tengan derecho a Aporte Previsional Solidario (APS).
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