Cambian requisito para postular al IFE Laboral de $300 mil: Revisa quiénes son los nuevos beneficiarios
El Ingreso Familiar de Emergencia Laboral (IFE) es un beneficio que otorga el Estado a las personas que inician un trabajo formal, es decir, un contrato de trabajo. Se entrega a las personas con un ingreso bruto no mayor a 3 ingresos mínimos ($1.140.000).
Estos son los montos que recibirás:
- Hombres en edad de los 24 a 55 años
Periodos de remuneración hasta junio del 2022, recibirán el 50% de su remuneración bruta con un máximo de $200 mil.
Desde julio hasta septiembre del 2022, el monto corresponde a un 25% de su remuneración bruta mensual, de un máximo de $100 mil.
- Mujeres, jovenes entre 18-24 años, hombres desde los 55 años en adelante, personas discapacitadas (con certificado) y personas que reciben pensión de invalidez
Periodo de sueldos hasta junio el 2022, podrán obtener el 60% del total de su remuneración, con un retiro máximo de $250mil.
Desde julio hasta septiembre del 2022, el monto equivale al 60% del sueldo bruto, con un máximo de $250mil.
Los requisitos para recibir el IFE Laboral son:
- Tener un contrato de trabajo, este puede ser indefinido, a plazo fijo, por obra o faena detrminada, de temporada o part time.
- Tener una renta no mayor al tres sueldos mínimos, es decir, menor a $1.140.000.
- Haber estado cesante el mes anterior del inicio del nuevo contrato, es decir, si postula al IFE de agosto, debe haber iniciado contrato en julio o agosto. Cabe señalar que durante el mes de julio, los postulantes debían contar con un nuevo contrato de trabajo firmado solo durante julio, ahora para esta nueva postulación se extendió dicho requisito y se considerará el mes en curso (agosto) y el mes anterior (julio)
¿Cómo se postula al beneficio?
Debes ingresar al Sistema de Postulación de Sence del IFE Laboral, contar con tu clave única activa y el contrato de trabajo en formato digital para agregarlo en la pestaña que lo soliciten.
Las fechas de la entrega monetaria para los postulantes de agosto, será desde el 7 de octubre en adelante y se dividirá en dos pagos por beneficiario.
¿Quienes NO reciben el beneficio?
- Personas que no hayan estado cesantes el mes anterior al que se hace la solicitud del IFE Laboral.
- Quienes tengan licencia médica al momento de la postulación, incluyendo licencias pre y post natal.
- Quienes ya hayan recibido el beneficio por una postulación anterior.
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