¿Estás cesante?: Estos son los bonos de septiembre para personas desempleadas
Luego de que un trabajador queda desempleado, sus ingresos se ven afectados por esta situación. Sin embargo, existen algunos beneficios estatales a los que puede adherirse.
Cabe destacar, que un documento importante para poder acreditar la cesantía es el finiquito, por lo tanto, es importante que se exiga este documento al exempleador.
¿Qué beneficios existen para los cesantes?
Seguro de Cesantía
El Seguro de Cesantía, a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), es un beneficio que protege a los trabajadores con contrato indefinido, a plazo fijo, o por obra o servicio, que estén regidos por el Código del Trabajo.
Los afiliados a la AFC tienen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC) en la que el empleador cotiza, mensualmente, el 3% de la renta imponible del trabajador.
Una vez que el trabajador quede cesante, puede hacer uso de este dinero, a través de giros mensuales, según el porcentaje de remuneración.
Fondo de Cesantía Solidario
El Fondo de Cesantía Solidario (FCS), lo reciben los afiliados a las AFC, que no cuenten con recursos suficientes en su cuenta individual por cesantía, al momento de perder su trabajo. (Para adquirir este beneficio se debe tener una cuenta activa en la Bolsa Nacional de Empleo).
Para recibir los pagos deben:
- Estar cesantes.
- Tener recursos insuficientes en su cuenta individual de cesantía.
- Contar con 12 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses anteriores al despido.
- Sus tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
Subsidio de Cesantía
El Subsidio de Cesantía está destinado a los trabajadores que no tienen derecho al Seguro de Cesantía, recibiendo una ayuda económica mensual por un periodo máximo de 360 días, que da derecho a asistencia médica gratuita, Asignación Familiar y/o Maternal, y Asignación por Muerte.
Este beneficio debe ser solicitado en el Instituto de Previsión Social (IPS), o bien, en una Caja de Compensación, según corresponda.
Cuenta de Ahorro de indemnización
Trabajadores que se encuentren cesantes pueden cobrar una indemnización por término de contrato que complemente o sustituya la indeminzación legal por años de servicio. Este beneficio se puede adquirir presentando a las AFP, toda la documentación necesaria que acredite el término de la relación laboral.
Bolsa Nacional de Empleo
Quienes estén cesantes pueden inscribirse en la Bolsa Nacional de Empleo, portal en línea para buscar trabajo.
Asimismo, para obtener ciertos beneficios, como el Fondo de Cesantía Solidario, hay que estar registrado obligatoriamente a la Bolsa Nacional de Empleo.
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