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Rechazo a postulación a la Pensión Garantizada Universal: Conoce el umbral de corte

  • Por Mega.cl
Rechazo a postulación a la Pensión Garantizada Universal: Conoce el umbral de corte Jonnathan Oyarzun/Aton Chile

Una de las consignas de la Pensión Garantizada Universal (PGU) es que llegaría al 90% de la población de menores ingresos del país, mientras fueran mayores de 65 años, ya que contempla de igual manera a las personas jubiladas o trabajadoras. 

Para aplicarla, se comenzó con los beneficiarios automáticos, es decir aquellos que anteriomente recibían alguno de los pagos pertenecientes al Pilar Solidario. Sin embargo, en agosto comenzó el análisis de las postulaciones de los nuevos beneficiarios y muchos han quedado fuera. 

En concreto, se estima que 70.000 personas no cuentan con la PGU ya que con el instrumento de caracterización socioeconómica utilizado (test de afluencia) superan el umbral de ingresos máximo.

¿Cuál es el problema detectado en el test de afluencia?

En vez de considerar los ingresos promedio de toda la población, solo se consideran solo los de las personas mayores de 65 años, por lo que la media se reduce de $683.000 a los $497.468. Esto significa que con un monto de $498.000 o más, ya no se es cantidato a la PGU.

María José Becerra, jefa de estudios de la Subsecretaría de Previsión Social, entregó un ejemplo de una persona que sin remuneraciones, rentas o pensión queda fuera del aporte. 

"Esto sucede porque su grupo familiar está conformado por ella y su pareja, quien posee rentas de capital ($334.057 al 31 de diciembre de 2020), ingresos por pensiones ($765.967 a la misma fecha) y, además, ambos tienen una condición sana", dijo Becerra.

Entonces, "al calcular su Puntaje de Focalización Previsional (PFP) queda por encima del umbral ($497.468), no pudiendo focalizar".

¿Cuáles son los requisitos para recibir la PGU?

- Tener 65 años de edad o más.
- No integrar un grupo familiar perteneciente al 10% más rico de la población mayor a 65 años.
- Contar con una pensión base menor a $1.048.200 (monto de la pensión superior).
- Acreditar residencia en el territorio de la República de Chile en estos dos casos:
1) Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que la o el solicitante haya cumplido 20 años de edad.
2) Un lapso no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud para acogerse al beneficio de PGU.

A este aporte no pueden postular los pensionados de Capredena, Dipreca y quienes sean titulares o beneficiarios de la Pensión de Sobrevivencia.

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