Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos: ¿Quiénes forman parte y cuáles son las consecuencias?
Este próximo sabado 19 de noviembre entrará en vigencia el nuevo Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos.
Esta medida tiene como objetivo articular diversas medidas legales, con el fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones alimenticias.
La base de datos será de acceso remoto, gratuito e inmediato, para cualquier persona con interés legítimo en la consulta, como por ejemplo el deudor de alimentos, la parte demandante o su representante legal, los tribunales con competencia en asuntos de familia y las personas o entidades obligadas a consultar el registro.
¿Quiénes formarán parte de esta nómina?
Las personas que serán parte de esta nómina son quienes deban, de manera parcial o total, pensiones por tres meses consecutivos o cinco discontinuos, cuando una resolución judicial así lo ordene.
La inscripción al registro la realiza mensualmente el tribunal de Familia, órgano que le ordena al Registro Civil ingresar a quienes tengan deudas por concepto de alimentos.
¿Cuáles son las consecuencias?
Quienes se encuentren en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos tendrán una serie de consecuencias relacionadas a préstamos, devolución de impuestos, propiedades, las cuales son:
- Retención de la devolución de impuestos.
- Retención de parte de los fondos de un crédito bancario que pida la persona deudora por 50 UF o más.
- Si el deudor o deudora vende un vehículo o una propiedad, se puede impedir la inscripción del traspaso si no se pagan los alimentos adeudados.
- Se le puede negar la licencia de conducir y el pasaporte.
- Retención de remuneraciones de gerentes generales o directores de sociedades anónimas abiertas con transacción bursátil.
- Inhabilidad para recibir algunos beneficios económicos o bonos del Estado.
- Retenciones de remuneraciones para el pago de la deuda.
- Pago de la deuda con la indemnización por años de servicio del deudor despedido del trabajo.
- Las deudas por pensión de alimentos serán prioritarias en los procedimientos judiciales de ejecución.
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