Rezagos AFC: ¿Qué son y cómo solicitar la devolución del dinero?
Los Rezagos AFC, son dineros por devolver que corresponden a pagos indebidos o en exceso que la o el empleador hizo ante la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) por un monto superior al establecido.
Los afiliados a las AFC pueden solicitar la devolución para compensar los montos de cotizaciones que no deben ser abonados a su Cuenta Individual de Cesantía (CIC).
¿Qué tipos de rezagos existen?
- Rezagos por aclarar: corresponde a los pagos de cotizaciones que no llegaron a su CIC. En este caso, se requiere de análisis o gestiones para que el traspaso a su Cuenta Individual de Cesantía se realice.
- Rezagos por devolver: son pagos indebidos o en exceso, es decir cotizaciones pagadas por un monto superior al establecido en la ley o que se realizaron de manera errónea a trabajadores que no tienen Seguro de Cesantía, por lo que serán devueltos por AFC Chile previa solicitud.
¿Cuándo se producen los rezagos?
Los Rezagos por aclarar se producen cuando:
- Hay una inconsistencia de datos del afiliado o afiliada: diferencia en nombres y/o apellidos informados o número de cédula de identidad erróneo o inválido.
- No existe relación laboral creada entre el(la) afiliado(a) y el(la) empleador(a).
- Hay inconsistencia entre el tipo de contrato y los pagos realizados por el(la) empleador(a).
- La cuenta del afiliado con contrato indefinido no registra el aporte del empleador o del trabajador.
- Pago a un empleador con relación laboral finiquitada (aviso de cese de relación).
¿Cómo regularizar esta situación?
Para aclarar la situación, se debe presentar ciertos documentos en cualquier sucursal de las AFC:
- Contratos de trabajo.
- Finiquitos.
- Formulario de pago de cotizaciones.
- Declaraciones juradas del afiliado/a o del empleador/a.
- Cualquier otro documento que justificadamente determine AFC Chile para respaldar la solicitud.
¿Cuáles son los rezagos por devolver?
Los rezagos por devolver son pagos indebidos y excesos, y no se requiere documentación para su devolución:
- Pagos indebidos, es decir, pago de cotizaciones a trabajadores(as) no afiliados(as) o eliminados(as) del sistema: menores de 18 años, pensionados(as) o fallecidos(as).
- Pagos en exceso no cobrados por el(la) empleador(a).
- Pagos en exceso no cobrados por el(la) trabajador(a).
- Pago de la cotización a un trabajador independiente.
- El monto efectivamente pagado es mayor al informado en el formulario de pago.
- Cotizaciones que superan el monto imponible de UF122,6 (para el año 2022).
- Pagos de cotizaciones de trabajadores(as) o empleadores(as) con más de 11 años de antigüedad laboral.
- Pago en exceso a un trabajador con la cuenta bancaria cerrada o inexistente o por el pago con un vale vista que haya caducado.
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