Seguro de Cesantía: Cóbralo sin necesidad del finiquito
Uno de los beneficios que tiene un trabajador que quedó desempleado (sea cual sea el motivo), es el Seguro de Cesantía.
Este seguro permite obtener el dinero que se ahorró en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC) mientras la persona estaba trabajando formalmente.
En ese sentido, cuando la persona queda desempleada, una forma de compensar el abrupto freno de la remuneración, es entregando estos montos mensualmente.
¿Puedo cobrar el Seguro de Cesantía sin finiquito?
Uno de los documentos fundamentales cuando existe una renuncia o despido, es el finiquito. Debido a que este valida el fin de la relación laboral entre el empleador y el trabajador.
No obstante, pueden existir casos en los cuales no se entregue el finiquito, y de todas formas se puede cobrar el Seguro de Cesantía.
Sin embargo, para reemplazar el finiquito, se debe presentar otro documento que acredite el término de la relación laboral, que sea aceptado por la Administradora de Fondos de Pensiones (AFC).
Los documentos que son admitidos por la AFC para presentar en reemplazo del finiquito, son:
- Carta de despido: emitida y firmada por el empleador.
- Comprobante de carta de despido: emitido por la Dirección del Trabajo.
- Carta de renuncia: firmada por el trabajador y ratificada por un ministro de fe.
- Carta de mutuo acuerdo: firmada por el trabajador y el empleador, ratificada ante un ministro de fe.
- Certificado de término de relación laboral emitido por la Inspección del Trabajo.
- Declaración jurada electrónica, emitida por la Dirección del Trabajo.
- Carta de autodespido o despido indirecto: firmada por el trabajador.
- Comunicación de término de relación laboral por quiebra del empleador.
- Conciliación ante la Dirección del Trabajo.
- Contrato de trabajo menor a 30 días.
- Acta de avenimiento.
- Acta de comparecencia o conciliación judicial.
- Sentencia judicial.
- Demanda laboral.
- Contrato de trabajo y liquidación de sueldo de trabajadores portuarios.
¿Cómo se cobra el Seguro de Cesantía sin finiquito?
El proceso de cobro se puede realizar en las oficinas de las AFC, como también, por internet en la Sucursal Virtual.
El usuario puede ingresar con su clave única o su clave AFC, luego pinchar en la opción 'Cobro Seguro' y 'Comenzar solicitud de Cobro'.
Después de ello, la persona deberá adjuntar el documento que acredite el fin de la relación laboral, en el cual puede ser el finiquito u otro de los papeles mencionados.
Si quieres estar siempre al día de toda la información de Mega Te Ayuda o compartir un dato útil (bonos, beneficios, bienestar) únete a nuestra comunidad:
En Telegram: https://t.me/mega_teayuda
o a nuestro grupo en Facebook: https://www.facebook.com/groups/megateayuda/?ref=share