Cubre la atención médica completa: ¿Quiénes pueden acceder al Bono PAD de Fonasa?
El Bono PAD (Pago Asocial a Diagnóstico) es un beneficio para usuarios y usuarias de Fonasa y sus respectivas cargas. Este consiste en pagar un precio fijo y conocido por las prestaciones que requieran ciertas intervenciones quirúrgicas o procedimientos.
Los paquetes de salud de bonos PAD incluye la cirugía o procedimiento, los medicamentos, los exámenes y todos los insumos que va a necesitar el paciente. Además, cubre hasta 15 días después del alta, incorporando los controles postoperatorios, la reparación de lesiones iatrogénicas y el tratamiento de complicaciones frecuentes.
La idea de este sistema es que el usuario sepa de antemano cuánto valdrá el conjunto de gastos con la intervención.
¿A quiénes está dirigido?
- Afiliados o cargas de Fonasa que estén inscritos en los tramos B, C o D. Es decir, quienes cotizan el 7% de sus ingresos para la salud.
¿Qué cubre?
El Bono PAD cubre la atención médica de manera completa. No tendrás cobros adicionales, está todo incluido:
- Los honorarios del equipo de profesionales de salud que participen en la cirugía o procedimiento.
- El derecho a pabellón.
- Costos por los días cama.
- Medicamentos, exámenes e insumos utilizados durante la hospitalización.
- Estudios (histopatológicos o biopsias) si fueran necesarios.
- Atenciones postoperatorias hasta 15 días después del alta.
¿Cómo acceder y dónde funciona?
- El Bono PAD no está disponible en la Red Pública, aplica solamente en la Red Privada.
- El médico tratante deberá indicar que tu problema de salud está dentro de las atenciones PAD.
- Te puedes atender en los Establecimientos Privados en Convenio con Fonasa o en los pensionados de un hospital, siempre que estén adscritos al Bono PAD Fonasa.
¿Cuáles son los requisitos del paciente?
- Tener un diagnóstico que sea uno de los diagnósticos PAD, lo cual debe estar certificado por un médico.
- Tener una orden médica entregada por un profesional de la salud.
- Tener la hora de atención en el establecimiento, lo que debe estar gestionado por ti, de la lista de establecimientos que son parte de este convenio.
- Si accedes a este beneficio, es importante que no estés con otra enfermedad que pueda poner en riesgo tu salud al momento de realizar el procedimiento o cirugía.
¿Qué no cubre?
- Cirugías anexas derivadas de los diagnósticos PAD.
- Complicaciones médicas que podrías tener después de 15 días tras el alta.
- En el caso de cataratas, el lente intraocular lo debes cancelar con un programa médico complementario.
- En casos especiales de parto, es importante que sepas que el Bono PAD cubre problemas médicos inesperados, como embolia de líquido amniótico, coagulopatías de consumo o trombofilia. Para estas situaciones u otras, el médico te deberá hacer un programa médico complementario. Del mismo modo, el Bono PAD no cubre cuando el hijo nace antes de las 37 semanas y tienes alguna complicación que requiera tratamientos adicionales, como malformaciones o patologías previas al nacimiento. Si tu embarazo fuera múltiple, no podrás comprar Bono PAD, pues se trata de embarazos de alto riesgo.
- Si estás usando un Bono PAD para Hernia Abdominal Simple o Complicada y necesitas una prótesis, tendrás que pagarla aparte con un programa médico complementario.
- Si compraste un Bono PAD para tratar un Acceso Vascular complejo para hemodiálisis y necesitas usar una prótesis, también tendrás que pagarla aparte.
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