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Revisa cómo excusarse para no ser vocal de mesa en las próximas elecciones del 7 de mayo

  • Por Mega.cl
Revisa cómo excusarse para no ser vocal de mesa en las próximas elecciones del 7 de mayo

El pasado sábado, el Servicio Electoral de Chile (Servel) publicó la nómina de vocales de mesa para las próximas elecciones del Consejo Constitucional.

Sobre este tema, desde este lunes se pueden presentar las excusas por parte de las personas que no pueden cumplir esta labor.

¿Quiénes pueden excusarse?

Para excusarse de ser vocal de mesa, los ciudadanos deberán presentar alguna de estas razones:

- Estar fuera del país.
- Ser personas mayores de 70 años.
- Madres o padres de hijos menores de dos años.
- Personas cuidadoras de adultos mayores o personas con necesidades especiales.
- Quienes se desempeñen en establecimientos de larga estadía para adultos mayores - (Eleam).
- Encontrarse a más de 300 kilómetros del lugar de votación donde se está inscrito.
- Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700.
- Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
- Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.
- Mujeres embarazadas dentro de las seis semanas previas al parto o estar en el período de las 24 semanas posteriores al nacimiento, lo que deberá acreditar mediante certificado médico o acreditación de post natal.

Además, se puede reclamar alguna de las causales de inhabilidad:

- Ser candidato en la elección de que se trate.
- Ser cónyuge, pariente consanguíneo o afines de aquellos señalados por ley del candidato de que se trate.
- Desempeñar cargos de representación popular.
- Desempeñar ciertos cargos en la administración de gobierno (como ministro de Estado, subsecretario, intendente, gobernador).
- Desempeñar un cargo en los Tribunales Superiores de Justicia o ser juez o fiscal del Ministerio Público.
- Ser jefes superiores de servicio.
- Ser Seremi, contralor o miembro activo de las Fuerzas Armadas o de orden y seguridad.
- Ser extranjero.
- Ser no vidente.
- Ser analfabeto.
- Haber sido condenado por delitos contemplados en cualquiera de las leyes que regulan el Sistema Electoral Público.

¿Hasta cuándo y dónde podré realizar la excusa?

Las personas podrán excusarse de ser vocal de mesa desde el 17 al 19 de abril, ante las Juntas Electorales. El 22 del mismo mes, será publicada la nómina definitiva.

Para realizar la solicitud, los ciudadanos deben presentar el reclamo ante la Junta Electoral correspondiente al local de votación.

Dicho trámite se puede realizar de forma presencial o a través de un correo electrónico.

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