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Subsidio Único Familiar: ¿Cuál es el nuevo monto que se entrega?

  • Por Agustín Brun
Subsidio Único Familiar: ¿Cuál es el nuevo monto que se entrega?

Desde el pasado mes de mayo el Subsidio Único Familiar (SUF) ascendió sus montos en virtud de la Ley 21.550 impulsada por el Gobierno.

El Subsidio Único Familiar (SUF) es un beneficio que pueden recibir los hogares que pertenecen al 60% del Registro Social de Hogares (RSH), con el objetivo de compensar a aquellos que no pueden proveer por sí solos o en unión, a la mantención y crianza de los causantes.

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¿Cuál es el monto nuevo del Subsidio Único Familiar?

A contar desde mayo pasado el monto del SUF es de $20.328 pesos al mes, y para las personas con discapacidad, el aporte será del doble ($40.656 pesos).

Por ejemplo, si una madre que recibe el SUF tiene dos hijos: uno con discapacidad intelectual y el otro no, recibirá $60.984 pesos. ($40.656 + $20.328 pesos).

¿Quiénes pueden recibir el Subsidio Único Familiar?

Las personas quienes no puedan proveer por sí solas o en unión a la mantención de su familia, puede obtener el SUF si pertenece al 60% más vulnerable del RSH.

Este es el orden de prioridad de entrega según ChileAtiende: 

  1. La madre.
  2. En su defecto, el padre.
  3. Guardadores o personas que hayan tomado a su cargo al o a los menores.
  4. Personas naturales que tengan a su cargo a personas con discapacidad intelectual que vivan a sus expensas.
  5. Las embarazadas (pueden pedirlo como Subsidio Maternal).

¿Cómo solicitar el Subsidio Único Familiar?

Para solicitar el Subsidio Único Familiar (SUF) debes dirigirte a la municipalidad de tu residencia y presentar estos documentos:

  • Certificado de nacimiento de la o el menor.
  • Fotocopia de carné de control de niño sano, al día, de los menores de 6 años.
  • Certificado de alumno regular, de los mayores de 6 años.
  • Fotocopia de cédula de identidad de la madre que desee postular al Subsidio Maternal.
  • Acreditar la condición de personas con discapacidad intelectual mediante la declaración de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (Compin), correspondiente al domicilio del causante.
  • Si la mujer está embarazada, deberá certificar que se encuentra en el quinto mes de embarazo mediante documento extendido por un médico o matrona.
  • En caso de ser guardador o cuidador de un menor de edad, se deberá acreditar.

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