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Fiestas Patrias 2023: ¿Corresponde el aguinaldo para trabajadores del sector privado?

  • Por Sebastián Paillafil
Fiestas Patrias 2023: ¿Corresponde el aguinaldo para trabajadores del sector privado?

Resta poco más de un mes para el inicio de las Fiestas Patrias, por lo mismo muchas y muchos trabajadores esperan el tan ansiado aguinaldo que permite solventar los gastos extras que significan las celebraciones durante septiembre.

Esta ayuda económica se ha vuelto una tradición que reciben por parte del Estado los pensionados y trabajadores del sector público. Si bien en el sector privado este beneficio no es obligatorio, muchos empleadores hacen entrega de él.

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¿Quiénes reciben aguinaldo en el sector privado?

Actualmente, la legislación no establece el aguinaldo de Fiestas Patrias como una obligatoriedad a las empresas privadas, por lo que es decisión de cada empleador otorgar o no el beneficio, que la mayoría de las veces es favorable.

Aunque existen dos casos en que este aporte económico, que aliviana el bolsillo, sí constituye una obligación y un derecho a los trabajadores del sector privado:

  • El aguinaldo de Fiestas Patrias está contemplado en su contrato de trabajo.
  • Exista un contrato o convenio colectivo donde el aguinaldo esté incorporado como cláusula.

En estos casos sí se le puede exigir al empleador hacer entrega del aporte económico, aunque el monto y la fecha dependerá de cada empresa.

¿De cuánto es el aguinaldo para el sector público?

A diferencia del sector privado, en el sector público el aguinaldo es un aporte establecido por ley, por lo que se le exige al Estado entregarlo.

Esta ayuda, que busca solventar los gastos que se incurren en las celebraciones de Fiestas Patrias, es recibido por trabajadores y trabajadoras que desempeñan tanto en cargos de planta como a contrata, en organismos como:

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiado por la Junta Nacional de Jardines Infantiles (Junji).
  • Sean asistentes de la educación pública y/o profesionales de la educación que se desempeñen en establecimientos educacionales dependientes de los servicios locales de educación pública.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado.
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Astilleros y Maestranzas de la Armada.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Servicio Nacional de Menores (Sename) o su continuador legal.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Tribunales tributarios y aduaneros.
  • Trabajadores de empresas y entidades del Estado que no negocien colectivamente.

De acuerdo al presupuesto 2023, establece que el monto de aguinaldo de Fiestas Patrias dependerá de la remuneración líquida de agosto de 2022 del trabajador.

De esta forma, los trabajadores y trabajadoras cuya remuneración líquida de agosto de 2022 sea igual o inferior a $842.592, percibirán un monto de $81.196.

En tanto, para quienes hayan tenido un sueldo líquido en agosto de 2022 superior a $842.592, recibirán $56.365.

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