Revisa si cumples los requisitos para recibir el Bono de Protección: Tiene pagos mensuales
El Bono Dueña de Casa, también conocido como Bono de Protección, es un beneficio estatal al que no se debe postular, ya que lo reciben todas las familias y personas usuarias del Subsistema de Protección Social Seguridades y Oportunidades.
La función de este bono, es facilitar la participación en los programas de Chile Seguridades y Oportunidades y es de libre disposición, siendo una contribución al ingreso de las familias y de las personas, además de ser un apoyo al proceso de participación en los programas.
¿Cuáles son los montos que entrega el Bono de Protección?
Este bono se entrega mensualmente, por 24 meses, y disminuye con el tiempo dependiendo del período de ejecución del apoyo psicosocial (APS), de acuerdo con los siguientes tramos:
- Los primeros 6 meses el bono asciende a $21.823.
- Desde el mes 7 al mes 12: $16.608.
- Desde el mes 13 al mes 18: $11.419.
- Desde el mes 19 al 24: $16.828 (valor corresponde a monto SUF).
Cabe recordar que el único requisito para recibir el Bono Dueña de Casa es haber aceptado la invitación a participar de uno de los programas de Chile Seguridades y Oportunidades, los que son: Familias, Abriendo Caminos, Calle o Vínculos, a través de la firma de la Carta de Compromiso y del Plan de Intervención, acciones que una vez realizadas, gatillan directamente la gestión y posterior pago del bono de protección, el que inicia en una fecha próxima a las primeras sesiones de acompañamiento psicosocial (APS).
¿Cómo se paga este bono?
El pago del Bono Dueño de Casa, se realiza a través de la CuentaRUT del BancoEstado a nombre de la persona designada como cobradora asignada. En caso de no tenerla, el Ministerio de Desarrollo Social y Familia solicita la apertura de dicha cuenta al Banco Estado, sin trámite ni costos para la persona usuaria.
En estos casos, quienes cobren el bono deberán acercarse a la sucursal del banco más cercana a su domicilio a retirar la tarjeta, ya que su cuenta se encontrará activa y con ello, hacer efectivo el cobro.
También se puede recibir el pago presencial. De esta forma el usuario puede cobrarlo en la Caja de Compensación Los Héroes y en sucursales de Banco Estado correspondiente al domicilio del usuario, donde debe ir, con su cédula de identidad, el usuario o el representante de la familia que cobra el resto de los beneficios familiares.
De acuerdo a la información entregada por el Ministerio de Desarrollo Social, el pago del bono de protección se realizará a la persona que viva sola o al integrante de la familia usuaria que corresponda, según el siguiente orden de prioridad:
- Prioridad 1: Madre de personas menores de 18 años o con certificaciónde invalidez o con discapacidad mental o de personas que puedan ser causantes del Subsidio Familiar (SUF).
Prioridad 2: Mujer mayor de 18 años de edad que sea jefa de hogar o pareja del jefe de hogar.
Prioridad 3: Mujer mayor de 18 años que desempeñe la función de dueña de casa.
Prioridad 4: Si no hay mujeres en el hogar que cumplan con las prioridades 1, 2 o 3, se pagará el bono al hombre mayor de 18 años que sea jefe de hogar.
Prioridad 5: Si no se cumplen las condiciones anteriores, recibirá el bono cualquier mujer mayor de 18 años de edad. Si no puede o no existe una mujer mayor de edad, se pagará a cualquier hombre mayor de 18 años.
Prioridad 6: En caso que no sea aplicable ninguna de las prioridades anteriores, el bono se pagará a la persona mayor de edad que tenga a su cuidado a una persona menor de 18 años.