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Pensión Garantizada Universal: ¿En qué casos se puede recibir el complemento del beneficio?

  • Por Sebastián Paillafil
Pensión Garantizada Universal: ¿En qué casos se puede recibir el complemento del beneficio?

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es sin duda uno de los principales aportes del Estado recibidos por los adultos mayores.

El beneficio a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS) entrega un monto máximo de $206.173. Sin embargo, hay un grupo de pensionados que reciben adicionalmente un complemento del mismo.

¿Quiénes reciben el complemento de la PGU?

Este complemento de la PGU es entregado a aquellos pensionados que realizan trabajo pesado y se acogen a la pensión de vejez anticipada.

Es importante destacar que, según la Superintendencia de Pensiones, el trabajo pesado son todas aquellas funciones que aceleran el desgaste físico, intelectual o psíquico.

De acuerdo a ChileAtiende, para recibir el complemento se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Haber pensionado anticipadamente por trabajo pesado, haciendo efectiva la rebaja de edad (respecto de los 65 0 60 años, según sea el caso).
  • Recibir una pensión o la suma de pensiones en el sistema DL N° 3.500 y de un monto inferior al monto de la PGU.
  • Acreditar residencia en el territorio nacional cumpliendo dos condiciones; un período no menor de 20 años continuos o discontinuos; tener cinco años de residencia en los últimos cinco años anteriores a la postulación.

¿Cuáles son los requisitos?

El derecho al complemento de PGU es otorgado a quienes cumplan con esta primera parte de requisitos y reúna las siguientes condiciones:

  • Se adquiere desde la edad que resulte de restar a 65, el número de años de rebaja de edad legal a que haya tenido derecho de acuerdo con lo citado. Por ejemplo, si un hombre se pensiona  a los 62, recibirá el complemento por tres años.
  • Se paga hasta el último día del mes en que la persona cumple 65 años, fecha en la cual, automáticamente, el IPS debe verificar todos los requisitos para que estas personas reciban la totalidad de la PGU a partir de la fecha citada.
  • Al complemento de PGU se le aplican las normas de reajustabilidad, extinción y suspensión aplicables a la PGU.

¿Cuál es el monto del complemento?

El monto del complemento corresponde a la diferencia entre la PGU y la suma de pensiones que la persona se encuentre recibiendo desde su AFP.

Dado lo anterior, la suma es variable en cada uno de los casos. De lo que sí existe certezas es que en caso que la resta sea mayor a los $206.173, la persona no recibirá el complemento pese a cumplir con los requisitos.

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