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Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Quiénes serán los beneficiarios desde el 1 de septiembre?

  • Por Felipe Galaz
Aguinaldo de Fiestas Patrias: ¿Quiénes serán los beneficiarios desde el 1 de septiembre?

Estamos a menos de una semana para comenzar con el mes que conmemora las Fiestas Patrias del país, una de las fechas más esperadas por chilenos y chilenas. 

Además de los días festivos, y los festejos que los acompañan, septiembre también trae un aguinaldo para algunos trabajadores, el cual busca apoyar en los gastos que traen estas jornadas

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Por el lado del sector público, es de carácter obligatorio otorgar este beneficio para quienes presten servicios a instituciones estatales. 

En cuanto a las empresas privadas, la entrega de estos montos no es obligatoria, a menos que se haya estipulado en el contrato el otorgamiento de los mismos. De la misma forma, esto aplica en el caso de que se consigne una cláusula o negociación colectiva. 

¿Quiénes reciben el aguinaldo desde el 1 de septiembre?

Además de los casos mencionados anteriormente, los pensionados también recibirán un dinero extra, el cual se paga desde el 1 de septiembre con la respectiva pensión de ese mes.

Respecto a esta gratificación, son beneficiarios de la misma todos aquellos que al 31 de agosto de 2023 tengan alguna de las siguientes calidades:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto de 2023, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

¿Cuál es el monto del aguinaldo?

El monto destinado a los beneficiarios es de $23.261 por pensionado. Esta cifra aumentará en $11.933 por cada persona que, al 31 de agosto de 2023, el pensionado o la pensionada tenga acreditada como carga familiar, aunque no tenga derecho a cobrar Asignación Familiar porque su ingreso mensual es superior a $979.330 (es decir, pertenecen al tramo 4 según la Ley Nº 21.456).

En el caso de quienes se encuentren activos laboralmente y tengan empleos públicos, recibirán un monto "de $81.196 para los trabajadores cuya remuneración líquida que les corresponda percibir en el mes de agosto del año 2023 sea igual o inferior a $943.703, y de $56.365 para aquellos cuya remuneración líquida supere tal cantidad", según indica la Ley 21.526, en su artículo octavo.

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