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Confirman fecha de pago: Revisa cuándo se pagará el Bono al Trabajo de la Mujer y qué monto te corresponde

  • Por Sebastián Paillafil
Confirman fecha de pago: Revisa cuándo se pagará el Bono al Trabajo de la Mujer y qué monto te corresponde

El Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) es uno de los organismos encargados de entregar diferentes beneficios estatales a grupos específicos de trabajadores.

Entre ellos se encuentra el Bono al Trabajo de la Mujer, que precisamente es recibido por aquellas mujeres trabajadoras que integran el 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.

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Este aporte económico busca mejorar los ingresos de las trabajadoras, así como también incentivar la incorporación al mercado laboral.

¿Cuándo es el pago de octubre?

El Bono al Trabajo de la Mujer tiene la especial particularidad que puede ser pagado de forma mensual o también anual, según escoja la persona beneficiaria.

Según el calendario publicado por el Sence, quienes escogieron la modalidad del pago mensual, recibirán el aporte el último día hábil del mes, que en este caso corresponde al martes 31 de octubre.

¿Cuál es el monto?

De acuerdo a Sence, el monto del Bono al Trabajo de la Mujer depende de la renta percibida por la trabajadora beneficiaria y a la modalidad de pago que escoja:

  • Si la renta mensual es igual o inferior a $269.572, el monto va desde $1 a $40.436.
  • Si la renta mensual es superior o igual a $269.572, el monto es cercano a $40.436.
  • Si la renta mensual es superior a $336.965 e inferior a $606.537, el monto va desde $40.436 a $1.

¿Cuáles son los requisitos?

  • Tener entre 25 y 59 años de edad.
  • Estar trabajando de manera dependiente o independiente.
  • Pertenecer al 40% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares.
  • Para recibir el pago anual: tener una renta bruta anual inferior a $7.278.446.
  • Para recibir el pago mensual: tener una renta bruta mensual inferior a $606.537.
  • Tener cotizaciones al día.
  • No trabajar en una institución del Estado, incluyendo a municipios, o una empresa privada que reciba aporte estatal igual o superior al 50%.
  • No recibir el Ingreso Mínimo Garantizado.
  • En caso de ser trabajadora independiente, debe emitir boletas de honorarios y realizar el respectivo proceso de Declaración de Renta del Servicio de Impuestos Internos (SII).

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