Bono por Hijo: Conoce tres formas de solicitar el beneficio para adultos mayores
Las mujeres mayores de 65 años pueden obtener el Bono por Hijo, un beneficio que comienza a generar rentabilidad desde el nacimiento de cada hijo vivo o adoptado y se cobra junto con su pensión.
El monto correspondiente del aporte puede variar conforme al nacimiento del hijo, si nació antes o después del 1 de julio de 2009, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, refiere el Instituto de Previsión Social (IPS).
Formas de solicitar el Bono por Hijo
Las beneficiarias pueden realizar el trámite de solicitud por medio de tres canales de atención:
En línea: Ingrese al IPS en Línea con su RUN, presione “Ingresar”, haga clic en “Pilar Solidario y Bono por Hijo”, seleccione “Bono por Hijo”, pulse “Ingresar solicitud de Bono por Hijo” y acceda con ClaveÚnica.
Por videollamada: Ingrese a la Sucursal Virtual de ChileAtiende, complete el formulario con los datos solicitados, pulse “Iniciar prueba de equipo”, acepte los permisos de cámara y micrófono, presione “Prueba” e “Iniciar video atención”.
En oficina: Acuda a una oficina de la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) en la que se encuentra afiliado u oficina de ChileAtiende más cercana, explique el motivo de la visita y entregue los documentos requeridos.
¿Quiénes pueden recibir el Bono por Hijo?
Las mujeres pueden solicitar el bono con su ClaveÚnica o cédula de identidad vigente, según sea el caso:
- Ser mayor de 65 años de edad.
- Acreditar una residencia mínima de 20 años (continuos o discontinuos) en territorio chileno, desde que cumplió 20 años de edad.
- Haber residido en Chile durante cuatro años, dentro de los últimos cinco años anteriores al envío de la solicitud.
- Estar afiliada a una AFP y ser beneficiaria de una pensión, ser titular de una Pensión Garantizada Universal o no estar afiliada a un régimen previsional y recibir la Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) de una AFP, compañía de seguros o el IPS, a partir del 1 de julio de 2009.