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Entra en vigencia nueva Ley de Tránsito: ¿Cuáles son las nuevas normativas y multas por inclumplir?

  • Por Valentina Blanc
Entra en vigencia nueva Ley de Tránsito: ¿Cuáles son las nuevas normativas y multas por inclumplir?

Este viernes 10 de noviembre entra en vigencia la Ley 21.601 que modifica algunas de las normativas del tránsito para prevenir la venta de vehículos robados.

La denominada "nueva Ley de Tránsito" considera un endurecimiento en las fiscalizaciones y sanciones, incluyendo incluso el retiro de autos en ciertas condiciones.

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¿Cuáles son las nuevas normativas?

Dentro de esta nueva ley se califica como "falta gravísima" la circulación de vehículos con la placa patente oculta, sumando también obligaciones para fabricantes y automotoras.

Además, se tendrá que grabar la patente en ventanas y espejos de cada vehículos, ya sean nuevos o usados.

También se prohíbe el uso, adosamiento y/o conducción de vehículos motorizados con luces o focos distintos o adicionales a los permitidos.

Por otro lado, decreta la prohibición de la venta y carga de combustibles a vehículos motorizados que no cuenten con su placa patente delantera o trasera.

Al igual que la conducción de vehículos motorizados utilizando un casco que no cumpla con la obligación.

¿Cuáles son los motivos para sacar un vehículo de circulación?

Las anteriores prohibiciones se suman a seis motivos en los cuales, Carabineros o inspectores municipales, pueden retirar un vehículo de circulación:

  • No contar con un certificado vigente del seguro obligatorio (SOAP).
  • No tener permiso de circulación.
  • Transitar sin revisión técnica al día o sin contar con el certificado de homologación individual.
  • Transitar con la placa patente oculta, adulterada o en mal estado.
  • Transitar sin placa patente.
  • Tener el número de identificación del vehículo (VIN) o de motor adulterados o borrados.

¿Qué multas arriesgan los infractores?

Otro de los cambios incluidos dentro de esta ley, es el aumento en las multas por incumplimiento de lo anteriormente señalado.

Se aplicará una multa de entre 5 y 75 UTM ($319 mil a $4,7 millones) a quienes compren un vehículo y que no soliciten la inscripción en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados (RNVM) dentro de un plazo de 30 días siguientes a la fecha de adquisición o indique un domicilio falso.

En tanto, los conductores que circulen con patentes falsas, adulteradas o correspondientes a otro vehículo, tendrán multas entre las 50 y 100 UTM, es decir, desde 3 a 6,3 millones de pesos.

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