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Si estás cesante: Averigua cuáles son las formas de pago del Seguro de Cesantía

  • Por Sebastián Paillafil
Si estás cesante: Averigua cuáles son las formas de pago del Seguro de Cesantía

Las personas que están sin empleo pueden acceder al Seguro de Cesantía, derecho que protege a los trabajadores afiliados a la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).

En este organismo, cada trabajador afiliado tiene una Cuenta Individual (CIC), en la que su empleador debe cotizar mensualmente el 3% de sus remuneraciones imponibles de cada empleado.

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Una vez el trabajador queda cesante, podrá retirar el dinero acumulado en esta cuenta, mediante giros mensuales según el porcentaje de remuneración.

¿Cuáles son los requisitos?

Para acceder al Seguro de Cesantía, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Estar cesante, lo cual debe ser acreditado mediante un finiquito, carta de despido, carta de renuncia, entre otros documentos.
  • Ser afiliado al Seguro de Cesantía.
  • En caso de tener contrato indefinido o trabajadoras de casa particular, se debe contar con al menos 12 cotizaciones continuas o discontinuas antes del término del contrato.
  • En caso de contrato a plazo fijo, obra o servicio, tener 6 cotizaciones continuas o discontinuas, con uno o más empleadores.

¿Cómo solicitar el Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía puede ser solicitado de manera presencial en las oficinas de la AFC, o de manera online, siguiendo estos pasos:

  • Ingresar al sitio web de AFC Chile.
  • Hacer clic en "Cobrar mi Seguro de Cesantía".
  • Entrar con Clave Única o Clave AFC.
  • Seleccionar la pestaña "Cobro seguro".
  • Llenar el formulario y adjuntar los documentos solicitados.

¿Cuáles son las formas de pago?

El Seguro de Cesantía tiene tres formas de pago, de las cuales se debe indicar el pago de preferencia al momento de solicitar el beneficio:

  • Depósito en CuentaRut.
  • Depósto en una cuenta corriente o cuenta de ahorro de cualquier banco.
  • Pago en efectivo en cualquier sucursal de Servipag, a menos que se indique BancoEstado, contando con 60 días para su cobro.

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