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Bonos para cesantes: Conoce los beneficios que pueden recibir las personas desempleadas en diciembre

  • Por Agustín Brun
Bonos para cesantes: Conoce los beneficios que pueden recibir las personas desempleadas en diciembre

Existen ciertos beneficios que entrega el Estado a personas que perdieron su fuente de trabajo, con el fin de apoyarlas en estos períodos sin remuneración.

Estar desempleado puede ser un momento difícil en la vida de cada persona, debido a que es un momento que el afectado tiene que analizar sus finanzas. Es por eso que existen, subsidios, fondos y seguros para ellos.

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Estos son los beneficios para cesantes en diciembre

Subsidio de Cesantía

Las personas cesantes que no puedan acceder al Seguro de Cesantía, pueden optar al Subsidio de Cesantía, el cual es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o las cajas de compensación, durante un período de hasta 360 días.

Este beneficio permite que las personas que estén cesantes reciban una ayuda económica mensual que da derecho a asistencia médica gratuita, recibir la Asignación Familiar y/o Maternal; y Asignación por Muerte.

Seguro de Cesantía

Los trabajadores afiliados a las Administradoras de Fondos de Cesantía (AFC), tienen una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), donde se acumula dinero por cada remuneración, con el fin de poder retirar este monto a la hora de quedar cesante.

El Seguro de Cesantía lo pueden recibir los trabajadores dependientes con contrato indefinido, a plazo fijo, por obra o servicio, que estén regidos por el Código del Trabajo.

Quienes deseen hacer uso de este beneficio deben tener un mínimo de cotizaciones pagadas, dependiendo del contrato que tengan: Contrato indefinido, al menos 12 cotizaciones mensuales. Contrato a plazo fijo o por obra, faena o servicio determinado, al menos 6 cotizaciones mensuales.

Fondo de Cesantía Solidario

Los afiliados de las AFC que no tengan dinero suficiente en la CIC al momento de perder su trabajo, y quienes hayan agotado sus fondos del Seguro de Cesantía, pueden acceder al Fondo de Cesantía Solidario (FCS).

  • Para adherirse a este beneficio se debe:
  • Estar cesante al momento de la solicitud.
  • Tener recursos insuficientes en la CIC.
  • Contar con 10 cotizaciones pagadas en el FCS en los 24 meses antes al despido
  • Activar su cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta plataforma ofrece.

Bolsa Nacional de Empleo

La Bolsa Nacional de Empleo (BNE) es una plataforma estatal que ofrece más de 45 mil de ofertas de trabajo, con cerca de 180 mil vacantes, y con de 4,5 millones de chilenos registrados.

La inscripción a este sistema es gratis y se puede registrar cualquier persona mayor de edad. Estar inscrito en la BNE es requisito para recibir los beneficios del Fondo de Cesantía Solidario y así probar que realmente se está buscando trabajo.

Indemnización por Término de Contrato

Los trabajadores que estén cesantes pueden cobrar una indemnización por término de contrato que complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicios y a la cobertura del Seguro de Cesantía.

Este dinero se puede cobrar en la AFP, presentando los documentos que acrediten el término del contrato de trabajo.

Esta cuenta de indemnización sustitutiva es personal y totalmente independiente de la cuenta de capitalización individual y de la cuenta de ahorro voluntario.

Los trabajadores deben tener más de 6 años en la empresa, y así el acuerdo puede tener validez a partir del séptimo año.

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