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¿Estás sin trabajo?: Conoce la diferencia entre el Subsidio de Cesantía y el Seguro de Cesantía

  • Por Sebastián Paillafil
¿Estás sin trabajo?: Conoce la diferencia entre el Subsidio de Cesantía y el Seguro de Cesantía

Debido a la inflación e incertidumbre económica, miles de personas se encuentran cesantes y sin una fuente de ingreso principal.

Para hacer frente al complejo escenario de desocupación nacional, el cual alcanzó los 8,9 en el trimestre agosto-octubre, el Estado proporciona diferentes aportes económicos, entre los que está el Subsidio de Cesantía y Seguro de Cesantía.

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¿Cuál es la diferencia entre el Subsidio de Cesantía y Seguro de Cesantía?

El Seguro de Cesantía está a cargo de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) donde cada trabajador tiene una Cuenta Individual de Cesantía en la que el empleador debe cotizar mensualmente el 3% de sus remuneraciones.

En ese sentido, al quedar cesante el trabajador puede hacer retiro, de forma paulatina, del monto acumulado.

Por su parte, el Subsidio de Cesantía es un aporte económico a cargo del Instituto de Previsión Social (IPS), que se entrega por hasta 360 días, dando acceso a otros beneficios y a atención gratuita en establecimientos del Servicio de Salud.

¿Cuáles son los requisitos para el Subsidio de Cesantía?

Para acceder al Subsidio de Cesantía, se debe cumplir con los siguientes requisitos:

  • Tener mínimo 12 meses continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
  • Estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
  • Estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
  • Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
  • Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2022.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Cédula de identidad.
  • Formulario de solicitud de Subsidio de Cesantía, que se obtiene en oficina ChileAtiende o en la Caja de Compensación que corresponda.
  • Finiquito otorgado por el empleador. Puede ser, también: Copia de Avenimiento o Sentencia Judicial ejecutoriada, o el Acta de Comparecencia por denuncia en la Dirección del Trabajo.
  • Certificado de cotizaciones previsionales del IPS o AFP, según corresponda.
  • Certificado de inscripción en el registro de cesantía de la municipalidad.

¿Cómo obtener el Subsidio de Cesantía?

De acuerdo a ChileAtiende, la persona interesada debe acudir a una de las siguientes instituciones, según sea su caso:

  • Oficina de ChileAtiende.
  • Oficina de las Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAF) a la que se encuentra afiliado su exempleador, ya sea Los Andes, La Araucana, Los Héroes o 18 de Septiembre.
  • Si es un empleado público, debe acudir a su exservicio.

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