Seguro de Cesantía: ¿Quiénes pueden solicitar la totalidad de los fondos de la AFC y cómo hacer el trámite?
Mes a mes los trabajadores recaudan el 3% de su sueldo en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), con el objetivo de que puedan contar con recursos al momento de quedar desempleados.
Estos recursos son destinados a la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), los cuales pueden ser retirados en su totalidad o de forma parcial, una vez se solicite el Seguro de Cesantía.
¿Quiénes pueden solicitar el retiro total del Seguro de Cesantía?
Para solicitar el cobro total del dinero ahorrado en la Cuenta Individual de Cesantía de la AFC, es necesario cumplir con los siguientes requisitos:
- Recibir una pensión de vejez, invalidez total o invalidez parcial definitiva a través de una Aseguradora de Fondos de Pensiones (AFP), siempre y cuando acrediten la situación mediante un certificado emitido por la entidad.
- Ser pensionado por la Caja de Previsión de la Defensa Nacional (CAPREDENA).
- Ser pensionado por la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile (DIPRECA).
- Ser pensionado del régimen previsional antiguo (IPS).
- Ser pensionado por enfermedad terminal, según lo establece la Ley 21.309.
¿Cómo hacer el trámite?
El retiro de fondos se puede realizar de forma presencial en una sucursal de la AFC, así como también a través del portal web de la institución.
¿Qué documentos se necesitan para el trámite?
Quienes deseen hacer el retiro total de la AFC, deben presentar estos documentos:
- Cédula de Identidad vigente.
- Última liquidación de pago de pensión.
- Certificado de resolución de pensión emitido por AFP, IPS o Cajas de Previsión según corresponda, que indique la fecha de inicio de la pensión y el tipo de pensión que recibe.
- De ser el caso, el certificado de invalidez total o invalidez parcial definitiva emitido por la AFP.
- En el caso de pensión de vejez anticipada con rebaja de años por realizar trabajo pesado, debe presentar el documento que acredite dicha rebaja.
¿En qué casos no se puede solicitar el retiro total?
El retiro total de la Cuenta Individual de Cesantía de la AFC no puede realizarse si cuenta con otro tipo de pensión, como:
- Por invalidez total por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales pagadas por la Mutual de Seguridad, la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS), el Instituto de Seguridad del Trabajo (IST) y el Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
- Pensiones preliminares.
- Pensiones de invalidez parcial definitiva con saldo retenido.
- Pensiones de gracia, de reparación, de exonerados políticos, víctimas de comisiones Rettig y Valech, y de viudez.
- En caso de que usted cuente con alguna de estas pensiones y se encuentre sin trabajo, puede acceder a sus beneficios como trabajador(a) cesante afiliado(a) al Seguro de Cesantía.