Se paga junto con la pensión: Averigua si cumples con los requisitos para recibir el Bono por Hijo
El Bono por Hijo es uno de los beneficios que entrega el Estado a los adultos mayores del país, el cual está destinado exclusivamente a las mujeres pensionadas y se paga por cada hijo nacido vivo o adoptado que tenga entre 18 y 65 años de edad.
El monto correspondiente del aporte equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales, cuyo cálculo puede variar según la fecha de nacimiento del hijo: si nació antes o después del 1 de julio de 2009; indica el Instituto de Previsión Social (IPS).
Consulta si eres beneficiaria del Bono por Hijo
Las mujeres pueden verificar si cumplen con los requisitos en el sitio web de ChileAtiende (pulse aquí), donde deben ingresar su RUN y fecha de nacimiento. Si el sistema indica que los cumple, solicite el bono con su cédula de identidad de la siguiente manera:
- En línea: ingrese con su ClaveÚnica en el mismo sitio de consulta.
- Por videollamada: complete el formulario de la Sucursal Virtual de ChileAtiende, acepte la declaración jurada, inicie la prueba técnica, acepte el uso de su micrófono y cámara, y presione “Iniciar videoatención”.
- En oficina: acuda a la sucursal de ChileAtiende o oficina de su Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) más cercana a su domicilio, con su cédula de identidad.
Requisitos para solicitar el Bono por Hijo
Las mujeres que pueden solicitar el beneficio son aquellas que cumplan con solo uno los siguientes requisitos:
- Estar afiliada a una AFP y obtuvo su pensión el 1 de julio de 2009 o después.
- Ser titular de una Pensión Garantizada Universal (PGU).
- No estar afiliada a un régimen previsional y recibir una Pensión de Sobrevivencia (con Aporte Previsional Solidario de Vejez) por parte de una AFP, compañía de seguros o el IPS, desde el 1 de julio de 2009.
Además, deben ser mayores de 65 años y haber residido en territorio chileno por más de 20 años (continuos o discontinuos), así como haber residido durante cuatro años continuos dentro de los últimos cinco años anteriores a la solicitud.