Cuota mortuoria para beneficiarios de PGU: Averigua en qué consiste y cuánto cubre
Los titulares de la Pensión Garantizada Universal (PGU) pueden acceder a diversos beneficios que otorga el Estado, como la cuota mortuoria para beneficiarios de PGU.
¿En qué consiste la cuota mortuoria para beneficiarios de PGU?
Según ChileAtiende, es un aporte económico que entrega el Instituto de Previsión Social (IPS) para cubrir los gastos de servicios funerarios cuando el beneficiario de la PGU fallece, sin haber estado afiliado a un sistema de seguridad social.
El pago se realiza a la persona natural o jurídica que haya cancelado los gastos funerarios del titular de la pensión, quien a su vez debió haber cumplido con uno de los siguientes requisitos:
- Ser beneficiario titular de PGU, sin afiliación al Sistema de Pensiones (DL 3.500), desde el 1 de febrero de 2022.
- Ser pensionado de sobrevivencia, sin afiliación a un sistema de seguridad previsional, y haber obtenido la PGU después del 1 de febrero de 2022.
Los afiliados al Sistema de Pensiones podrán acceder a este beneficio si fallecen como titulares de una PGU, pero será su Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) o compañía de seguros la institución que pague el beneficio.
¿Cuánto cubre la cuota mortuoria para beneficiarios de PGU?
El beneficio cubre un monto máximo equivalente a 15 Unidades de Fomento (UF), 551.254 pesos aproximadamente, y se puede solicitar en una oficina de ChileAtiende. Además, puede consultar el estado del trámite llamando al 101, entre las 08:00 y 18:00 horas.
El fallecimiento debió haberse inscrito en el Registro Civil y los documentos de solicitud que se deben presentar son:
- Factura electrónica del servicio funerario.
- Cédula de identidad del contratante del servicio. Solo aplica para personas naturales.
- Cesión de derechos, debidamente firmada por el contratante del servicio. Solo aplica para personas jurídicas.