¿Quieres obtener la nacionalidad española?: Mira quiénes pueden solicitarla
El Gobierno de España cuenta con diversos mecanismos para solicitar la nacionalidad española, entre los que se encuentra la solicitud de la ciudadanía por opción para extranjeros con vínculos españoles.
¿Quiénes pueden obtener la nacionalidad española por esa vía?
El Ministerio de Asuntos Exteriores de España indica que las personas que tienen derecho a optar a la ciudadanía española son aquellas que cumplan con uno de los siguientes requisitos:
- Haber estado bajo la patria potestad de un ciudadano español. El plazo para realizar el trámite es de hasta dos años después de haber cumplido la mayoría de edad o desde la fecha de emancipación.
- Tener un padre o madre que es ciudadano español nacido en España. No hay plazo límite.
- Personas cuyo parentesco o lugar de nacimiento en España se determine después de haber cumplido los 18 años de edad. El plazo para realizar el trámite es de hasta dos años después de haberse determinado el parentesco o lugar de nacimiento en España.
- Haber sido adoptado por un ciudadano español después de los 18 años de edad. El plazo es de hasta dos años después de la adopción.
El trámite se realiza de forma presencial en la oficina del Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado, ya sea en España o en el extranjero, o en el del domicilio de su representante legal si el solicitante es menor de edad o está incapacitado.
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- Haber estado bajo la patria potestad de un ciudadano español. El plazo para realizar el trámite es de hasta dos años después de haber cumplido la mayoría de edad o desde la fecha de emancipación.
- Tener un padre o madre que es ciudadano español nacido en España. No hay plazo límite.
- Personas cuyo parentesco o lugar de nacimiento en España se determine después de haber cumplido los 18 años de edad. El plazo para realizar el trámite es de hasta dos años después de haberse determinado el parentesco o lugar de nacimiento en España.
- Haber sido adoptado por un ciudadano español después de los 18 años de edad. El plazo es de hasta dos años después de la adopción.
El trámite se realiza de forma presencial en la oficina del Registro Civil correspondiente al domicilio del interesado, ya sea en España o en el extranjero, o en el del domicilio de su representante legal si el solicitante es menor de edad o está incapacitado.