Averigua cómo solicitar la bonificación de la Cotización Obligatoria de Salud
El Estado chileno otorga diferentes beneficios a los adultos mayores, uno de los sectores más vulnerables de la población, entre los que se encuentra la bonificación de la cotización obligatoria de la salud.
Es una ayuda que elimina la obligación de pagar la cotización del 7% de la salud, ya sea en el Fondo Nacional de Salud (Fonasa) o en una Institución de Salud Previsional (Isapre), por lo que podrá seguir accediendo a las prestaciones de salud, indica ChileAtiende.
Cómo solicitar la bonificación de la cotización obligatoria de la salud
El primer paso es saber si al solicitante le corresponde el beneficio, a través de miChileAtiende con el RUT y la ClaveÚnica. Si es elegible, realice lo siguiente:
- Verifique los datos del formulario y complete los faltantes.
- Si cumple con los requisitos, confirme las declaraciones juradas y complete los datos de contacto.
- Revise los datos que se muestran y pulse “Confirmar”.
El sistema generará un comprobante descargable que puede enviar al correo electrónico registrado, y el solicitante recibirá respuesta dentro de los 40 días posteriores.
Requisitos de la bonificación de la cotización obligatoria de la salud
Las personas que pueden enviar la solicitud y son elegibles para ser aprobadas son aquellas que cumplan con lo siguiente:
- Ser beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez, Aporte Previsional Solidario de Vejez, Aporte Previsional Solidario de Invalidez o de la Pensión Garantizada Universal.
- Ser mayor de 65 años de edad.
- Pertenecer a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP), ex caja de previsión social o ser pensionado de la ley de accidentes de trabajo en cualquier mutualidad de empleadores, en el Instituto de Seguridad Laboral (ISL) o tener una pensión asociada a la ley de reparación de exonerados políticos.
- Integrar un grupo familiar que pertenezca al cuarto quintil más vulnerable de la población (Puntaje de Focalización, PFP, igual o menor a 1.876 puntos), calculado por el Instituto de Previsión Social (IPS).
- Acreditar 20 años seguidos o discontinuos de residencia en territorio chileno, incluyendo cuatro de los últimos cinco años.