Retiro total de fondos del Seguro de Cesantía: ¿Quiénes y cómo pueden hacerlo?
El Seguro de Cesantía es un fondo de dinero para proteger a los trabajadores una vez estén cesantes. Este se financia con el 3% de sus remuneraciones imponibles gracias a una afiliación automática si se cumplen los siguientes requisitos:
- Eres mayor de 18 años.
- Fuiste contratado a partir del 2 de octubre de 2002.
- Tu contrato se rige por el Código del Trabajo, Estatuto de Asistentes de la Educación Pública o eres trabajadora o trabajar de casa particular.
Al momento del desempleo, los afiliados pueden recurrir al dinero acumulado en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC) en cuotas mensuales o hacer el retiro del total recaudado.
¿Quiénes pueden retirar la totalidad de los fondos?
Existen dos circunstancias especiales en las que se puede obtener el fondo completo de la CIC: que el afiliado esté pensionado o llegue a fallecer.
En el primero de ellos, se puede retirar en un solo giro todos los ahorros sin pagar impuestos, o bien, hacer un traspaso parcial o total del dinero a la cuenta de capitalización individual de su AFP, los que se sumarán a la pensión.
Si el afiliado falleció, el monto se distribuirá por porcentajes (si así se estipuló) a los beneficiarios que él designó en vida (no necesariamente deben ser sus familiares) o a los herederos que correspondientes. De no establecer la voluntad en cuanto a la designación monetaria, este se repartirá en partes iguales.
¿Qué documentos se necesita para el retiro de fondos de la AFC?
Pensionados
- Cédula de Identidad vigente.
- Última liquidación de pago de pensión.
- Certificado de resolución de pensión emitido por AFP, IPS o Caja de Previsión según corresponda, que indique la fecha de inicio de la pensión y el tipo de pensión que recibe.
- De ser el caso, el certificado de invalidez total o invalidez parcial definitva emitido por la AFP.
- En el caso de pensión de vejez anticipada con rebaja de años por realizar trabajo pesado, debe presentar el documento que acredite dicha rebaja.
Beneficiarios de afiliado fallecido
- Cédula de identidad.
- Certificado de defunción del afiliado o afiliada.