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Asignación Familiar: ¿Quiénes pueden ser cargas o causantes del beneficiario?

  • Por Jesús Sandoval
Asignación Familiar: ¿Quiénes pueden ser cargas o causantes del beneficiario? Pixabay

La Asignación Familiar es uno de los beneficios más importantes que ofrece el Estado a trabajadores o beneficiarios de algunos subsidios. Se trata de un aporte mensual que puede alcanzar los 20.328 pesos, dependiendo de los ingresos del receptor.

ChileAtiende informa que la Asignación Familiar la reciben trabajadores dependientes, independientes, pensionados y pensionadas, personas beneficiarias del Subsidio de Discapacidad para menores de 18 años, Subsidio de Cesantía, Subsidio por Incapacidad Laboral (SIL) y Fondo de Cesantía Solidario.

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En el caso de la Asignación Familiar y Maternal, el Instituto de Previsión Social (IPS) aclara que se debe pagar directamente en el sueldo de los trabajadores, todos los meses.

 

Pixabay

 

¿Quiénes pueden ser declarados como cargas para la Asignación Familiar?

Carga familiar es el término que se utiliza para llamar a la persona causante de un beneficio del Estado, según la Superintendencia de Seguridad Social. En este sentido, las personas que pueden ser causantes de la Asignación Familiar son:

  • Cónyuge.
  • Cónyuge embarazada.
  • Trabajadora embarazada.
  • Hijos o hijastros hasta 18 años o 24 años, solteros, estudiantes regulares de enseñanza media, técnica especializada o superior, en instituciones del Estado o reconocidos por este.
  • Hijos inválidos de cualquier edad.
  • Nietos y bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por éstos.
  • Madre viuda.
  • Padres, madres, abuelos, abuelas u otros ascendientes mayores de 65 años o inválidos de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o abandonados en las mismas condiciones que los hijos, hijas y personas inválidas que estén a cargo de instituciones del Estado.
  • Menores al cuidado de una persona natural por resolución judicial.

Para solicitar que se reconozca a una persona como carga o causante de la Asignación Familiar, puede ingresar a este enlace del IPS y acceder con su RUT.

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