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Exclusivos para la tercera edad: Revisa la lista de beneficios que reciben los pensionados en agosto

  • Por Sebastián Paillafil
Exclusivos para la tercera edad: Revisa la lista de beneficios que reciben los pensionados en agosto Aton

Los adultos mayores forman parte del grupo más numeroso, por lo que también más prioritario para el Estado, es por esto que todos los meses se entregan una serie de aportes económicos, tales como bonos y subsidios, para apoyarlos.

Los beneficios que pueden obtener los pensionados tienen diversos requisitos, tales como, por ejemplo, tener hijos, llevar 50 años de matrimonio, entre otros.

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Gran parte de estos pagos cuentan con un proceso de postulación en sus respectivas instituciones a cargo. Otros, en cambio, se adjudican de manera automática a quienes cumplen las condiciones.

 

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Pensión Garantizada Universal

La Pensión Garantizada Universal (PGU) es uno de los grandes beneficios que reciben los adultos mayores de 65 años o más, el cual se complementa con la jubilación.

Esta ayuda otorga un monto de hasta $214.296 mensuales a las personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener 65 años o más de edad.
  • No integrar el 10% más rico de la población, según el Registro Social de Hogares (RSH)
  • Tener una pensión base menor a $1.158.355, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones que recibes.
  • Acreditar residencia en territorio nacional, cumpliendo simultáneamente las siguientes condiciones:
  1. Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que se cumple 20 años de edad
  2. Un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del beneficio.

Las personas que cumplan con los requisitos y quieran acceder, pueden postular durante el año a través de las oficinas del Instituto de Previsión Social (IPS) o en su plataforma web.

Bono Bodas de Oro

El Bono Bodas de Oro es un beneficio que se paga solamente una vez a las parejas que cumplan 50 años de matrimonio.

Esta ayuda económica consta de un monto único de $425.360, el cual se divide y entrega en partes iguales a cada uno de los cónyuges, es decir, $212.680.

Se solicita directamente en las oficinas de la AFP en que la persona esté afiliada.

Bono de Reconocimiento

El Bono de Reconocimiento es un aporte dirigido a las personas de la tercera edad que se hayan cambiado desde el antiguo sistema de pensiones a las AFP.

Se otorga como un documento expresado en dinero que se suma a la Cuenta de Capitalización Individual del beneficiario, sumándose a sus ahorros acumulados al momento de pensionarse.

Para acceder a este beneficio, se debe solicitar directamente en la AFP en que la persona esté afiliada.

Bono por Hijo

El Bono por Hijo es un aporte monetario cuyos receptores son mujeres de 65 años o más que se encuentren pensionadas y que sean madres, ya sea de manera biológica o adoptiva.

El monto a recibir se fija y comienza a generar rentabilidad a partir de la fecha de nacimiento del hijo, y equivale al 10% de 18 ingresos mínimos mensuales.

Es importante considerar que si el hijo nació antes del 1 de julio de 2009, el monto corresponde a $165 mil. En el caso que los hijos hayan nacido después del 1 de julio de 2099, la cifra corresponderá al monto vigente durante el mes de nacimiento.

Otros beneficios para pensionados

Aguinaldo de Fiestas Patrias

Como es habitual todos los años, en el próximo mes de septiembre se hará entrega del aguinaldo de Fiestas Patrias a los pensionados y pensionadas. Esto, con el objetivo de financiar los gastos de las celebraciones dieciocheras.

De acuerdo a la ley 21.647, este importante beneficio es entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) a todos los pensionados y pensionadas que, al 31 de agosto de 2024, tengan algunas de estas calidades:

  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS) que tengan una Pensión Garantizada Universal (PGU) o una Pensión Básica Solidaria de Invalidez (PBSI).
  • Pensionados o pensionadas del Instituto de Seguridad Laboral (ISL).
  • Pensionados o pensionadas de las leyes de Exonerados Políticos, Ley Nº 19.234.
  • Pensionados o pensionadas de las Mutualidades de Empleadores de la Ley Nº 16.744.
  • Pensionados o pensionadas de las ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (actualmente IPS).
  • Pensionados o pensionadas de reparación: Ley Nº 19.123 (Rettig) y Ley Nº 19.992 (Valech).
  • Pensionados o pensionadas de AFP o compañías de seguro que, al 31 de agosto próximo, además reciben el beneficio de PGU, el Aporte Previsional Solidario (de Vejez o de Invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal.
  • Beneficiarios y beneficiarias del Subsidio de Discapacidad.

Para este año, el monto del aguinaldo asciende a los $24.261. Sin embargo, podrán recibir un pago extra de $12.446 quienes tengan cargas familiares acreditadas como causante de la Asignación Familiar o Maternal.

Aporte Familiar Permanente (ex Bono Marzo)

Si bien el Aporte Familiar Permanente, también conocido como ex Bono Marzo, se entregó hace algunos meses a los pensionados y pensionadas del Instituto de Previsión Social (IPS), quienes no lo han retirado tienen hasta el 1 de diciembre para hacerlo.

En esta ocasión, el pago alcanzó los $61.793 por carga familiar o por familia, según corresponda, en febrero y marzo.

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