Visado de reagrupación familiar de España: ¿Quiénes pueden pedirlo?
El gobierno de España cuenta con diferentes programas de visas que se ajustan a los objetivos y necesidades de cada ciudadano extranjero, entre los que está el visado de reagrupación familiar.
Es una visa para ingresar en el país, siempre que el solicitante tenga un vínculo con un residente legal en territorio español y quiera ejercer la reagrupación familiar, iinforma el Ministerio de Asuntos Exteriores (MAEC).
¿Quiénes pueden pedir el visado de reagrupación familiar de España?
El permiso es válido por hasta 90 días continuos, y en el plazo de un mes, se debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero. El trámite de solicitud del visado destinado a los familiares inmediatos de un residente legal en España, debe realizarse en el Consulado de España bajo cita previa.
Por tanto, las personas que pueden solicitarlo son aquellas que reúnan solo una de las siguientes características:
- Cónyuge, no separado de hecho o de derecho, o la persona con la que el residente mantiene una relación afectiva similar a la conyugal (debe figurar en un registro público). De no ser así, debe demostrar la continuidad de una relación de convivencia establecida antes de que el residente obtuviera dicho estatus en España.
- Hijos del residente, del cónyuge o pareja (incluye adoptados) y los representados legalmente por el reagrupante, siempre que sean menores de 18 años o con discapacidad para proveer a sus propias necesidades por razones de salud.
- Progenitores del residente y los de su cónyuge o pareja que sean dependientes del residente y mayores de 65 años, siempre que existan razones para autorizar su residencia en España. En algunos casos se puede permitir la reagrupación de progenitores menores de 65 años por razones humanitarias.