¿Cómo se solicita la Cuota Mortuoria en el IPS y quiénes pueden hacerlo?
En caso de que una persona fallezca y no esté afiliada al Sistema de Pensiones, sus familiares o personas más cercanas pueden acceder a un monto para cubrir los gastos funerarios, es decir, una Cuota Mortuoria.
Es un pago único de $966.885 destinados a los gastos ocasionados por la muerte del no afiliado, cuyo trámite de solicitud se puede realizar en línea, indica ChileAtiende.
¿Cómo se solicita la Cuota Mortuoria en el IPS?
Debes ingresar al sitio web del Instituto de Previsión Social (IPS) y hacer clic en “Persona”, para luego escribir tu RUN y presionar el botón de “Asignación por Muerte”.
Una vez hecho esto, debes ingresar el RUN del causante (la persona que falleció) y tu ClaveÚnica, para así completar los datos requeridos y adjuntar la documentación si el causante cumple los requisitos.
Requisitos para solicitar la Cuota Mortuoria
Los beneficiarios son todas aquellas personas naturales o jurídicas que hayan pagado los gastos funerarios de la persona fallecida, quien antes de su deceso debió haber cumplido con uno de los siguientes requerimientos:
- Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Vejez o del Aporte Previsional Solidario de Vejez antes del 1 de febrero de 2022, cuando entró en vigor la Pensión Garantizada Universal (PGU). Si recibió la PGU después de esa fecha, recibe una cuota de 15 Unidades de Fomento.
- Haber tenido una cotización o más en una de las ex cajas de previsión, dentro de los últimos seis meses anteriores al fallecimiento.
- Haber sido beneficiario de la Pensión Básica Solidaria de Invalidez o Pensión de Sobrevivencia con aporte solidario sin afiliación a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP).
- Haber sido beneficiario de un Subsidio de Incapacidad Laboral, Subsidio de Cesantía o Subsidio de Discapacidad.
- Haber sido pensionado de las ex cajas de previsión y leyes especiales.