¿Qué pasa con mis fondos del Seguro de Cesantía cuando me pensiono?
El Estado garantiza el bienestar de los trabajadores a través de diferentes beneficios como el Seguro de Cesantía, que protege sus ingresos durante toda la vida laboral hasta el momento de pensionarse.
Una vez que cumples con los requisitos para solicitar la pensión, debes aplicar uno de los dos procedimientos que involucran a los fondos en la Cuenta Individual de Cesantía (CIC), según indica la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC).
¿Qué pasa con mis fondos del Seguro de Cesantía al pensionarme?
Al iniciar los trámites para pensionarte, puedes retirar todos los fondos ahorrados en tu CIC, mediante un cheque y sin pagar impuestos. No aplica para pensión por invalidez parcial.
También puedes solicitar el traspaso total o parcial de los fondos de tu CIC a tu cuenta de la Administradora de Fondos de Pensiones (AFP). La solicitud se realiza en la oficina de la AFP donde estés afiliado.
Requisitos para el retiro de fondos del Seguro de Cesantía al pensionarse
Una vez que acudas a la AFC, debes presentar los siguientes documentos para solicitar el retiro de fondos acumulados:
- Cédula de identidad vigente.
- Última liquidación de pago de pensión.
- Certificado de resolución de pensión emitido por la respectiva AFP, Instituto de Previsión Social o Cajas de Previsión (Fuerzas Armadas, Capredena o Dipreca), con la fecha de inicio de la pensión y tipo de pensión que percibe.
- Certificado de invalidez total o parcial definitiva con saldo retenido liberado emitido por la AFP, si aplica a tu caso.
Los pensionados por invalidez total por accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, por pensiones no contributivas o por invalidez parcial transitoria de una AFP, no pueden retirar los fondos.