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¿Cómo recibir la Asignación Familiar?

  • Por Daniel Rondón
¿Cómo recibir la Asignación Familiar? Freepik

Uno de los beneficios más importantes que reciben los trabajadores y trabajadoras es la Asignación Familiar, que incrementa sus ingresos a través de un pago mensual.

Consiste en la entrega de hasta $21.243 para trabajadores dependientes e independientes con rentas de $1.335.449 o menos, cuya solicitud se hace de forma presencial o en línea, indica la Red de Protección Social.

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¿Cómo obtener la Asignación Familiar?

Para recibir el beneficio es necesario inscribir a las cargas familiares en la Caja de Compensación del empleador, Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) del afiliado, oficina del Instituto de Previsión Social (IPS) u otra entidad que corresponda.

 

Foto: Freepik.

 

Una vez hecho esto, la entidad evaluará la solicitud y determinará la elegibilidad para recibir la ayuda mensual. Además, las personas que pueden inscribirse como carga familiar son:

  • Cónyuges, sin importar si están embarazadas o no.
  • Trabajadora o cónyuge embarazada, quien recibe la Asignación Maternal.
  • Cónyuge masculino con discapacidad y económicamente dependiente.
  • Hijos e hijastros que sean estudiantes regulares y tengan entre 18 y 24 años. Si presentan discapacidad no hay tope de edad.
  • Nietos, bisnietos, huérfanos de padre o madre o abandonados por estos.
  • Madre viuda.
  • Madres, padres, abuelos o ascendientes mayores de 65 años o personas con discapacidad de cualquier edad.
  • Niños huérfanos o menores abandonados a cargo de instituciones del Estado, o reconocidas por el Supremo Gobierno.
  • Niños y adolescentes al cuidado de una persona natural por resolución judicial.

Requisitos para obtener la Asignación Familiar

Al momento de realizar la inscripción de cargas familiares, el solicitante debe presentar lo siguiente:

  • Cédula de identidad vigente de la persona que recibe el beneficio y de cada carga familiar.
  • Certificado de alumno regular, para estudiantes de entre 18 y 24 años.
  • Dictamen de invalidez de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN), para personas con discapacidad.
  • Informe social fundado sobre la condición de abandono, para personas que hayan sido abandonadas previamente.
  • Sentencia judicial del tribunal de familia o certificado de nacimiento del niño o adolescente en que conste la suscripción de dicha sentencia, si la persona es menor de edad y está bajo el cuidado de un tutor que accede al beneficio.

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